Cómo cambiar la titularidad del IBI en Madrid

Cómo cambiar la titularidad del IBI en Madrid
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El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo que se aplica a la propiedad urbana y que debe ser pagado por los propietarios de los inmuebles. En el caso de Madrid, uno de los trámites más comunes relacionados con este impuesto es el cambio de titularidad.

El cambio de titularidad del IBI implica transferir la responsabilidad del pago del impuesto de un propietario a otro. Este trámite es necesario cuando se produce una compraventa de una vivienda o un local comercial, así como en casos de herencias o donaciones.

Para llevar a cabo el cambio de titularidad del IBI en Madrid, es necesario seguir una serie de pasos y presentar la documentación requerida. A continuación, detallaremos el procedimiento a seguir:

1. Obtener el modelo 901N: Este formulario puede ser descargado desde la página web del Ayuntamiento de Madrid o recogido en persona en las oficinas de atención al contribuyente. Es importante asegurarse de descargar la versión actualizada del formulario.

2. Rellenar el formulario: Una vez obtenido el modelo 901N, se debe rellenar con los datos correspondientes al inmueble y a los nuevos propietarios. Es fundamental asegurarse de proporcionar toda la información de manera precisa y completa, ya que cualquier error podría retrasar el trámite.

3. Aportar la documentación requerida: Junto con el formulario, se debe presentar una serie de documentos que varían dependiendo de la situación. En el caso de una compraventa, por ejemplo, será necesario aportar la escritura de compraventa, el justificante de pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y el DNI de los nuevos propietarios. En el caso de una herencia o donación, se requerirán otros documentos adicionales, como el certificado de defunción o el documento de aceptación de la herencia.

4. Presentar la documentación: Una vez completado el formulario y reunida la documentación requerida, se debe presentar toda la documentación en el Registro de la Oficina Liquidadora correspondiente. Es importante solicitar un justificante de presentación, ya que esto servirá como prueba de que se ha realizado el trámite.

5. Pago de las tasas: Para finalizar el cambio de titularidad del IBI, es necesario abonar las tasas correspondientes. El importe de estas tasas varía dependiendo del valor catastral del inmueble y de la situación particular de cada caso. Es necesario consultar la normativa vigente para conocer las tasas aplicables.

Cambiar el titular del recibo de IBI Madrid

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo que se paga anualmente por la propiedad de un inmueble. En la ciudad de Madrid, es posible realizar el trámite de cambiar el titular del recibo de IBI, lo cual puede ser necesario en situaciones como venta o traspaso de propiedad.

Para llevar a cabo este proceso, es necesario cumplir con ciertos requisitos y seguir los pasos correspondientes. A continuación, se detallan los pasos a seguir para cambiar el titular del recibo de IBI en Madrid:

1. Obtener la documentación necesaria: Para iniciar el trámite, es necesario contar con una serie de documentos, como el contrato de compraventa o traspaso, el documento de identidad del nuevo titular y el recibo del IBI.

2. Dirigirse al Ayuntamiento: Una vez se cuente con la documentación requerida, es necesario acudir al Ayuntamiento de Madrid, específicamente a la oficina encargada de gestionar el IBI.

3. Presentar la documentación: En la oficina correspondiente, se debe entregar la documentación requerida para realizar el cambio de titularidad del recibo de IBI. Es posible que se soliciten copias de los documentos, por lo que es recomendable llevar copias adicionales.

4. Pago de tasas: Dependiendo de las circunstancias, puede ser necesario abonar una tasa administrativa para realizar el cambio de titularidad. Esta tasa puede variar, por lo que es importante informarse previamente en la oficina correspondiente.

5. Esperar la resolución: Una vez se haya presentado la documentación y realizado el pago, es necesario esperar a que el Ayuntamiento revise la solicitud y emita la resolución correspondiente. Este proceso puede llevar un tiempo, por lo que es importante tener paciencia.

6. Actualización del recibo: Una vez se haya obtenido la resolución favorable, el Ayuntamiento procederá a actualizar el titular del recibo de IBI. A partir de ese momento, el nuevo titular será responsable de realizar los pagos correspondientes.

Es importante destacar que el cambio de titular del recibo de IBI en Madrid puede tener implicaciones económicas, ya que el importe a pagar puede variar dependiendo de factores como el valor catastral del inmueble y las bonificaciones aplicables.

Recibos de IBI a nombre de persona fallecida: ¿qué hacer?

Cuando una persona fallece y aún tiene recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a su nombre, es necesario tomar ciertas medidas para regularizar la situación. A continuación, se detallan los pasos a seguir:

1. Notificar el fallecimiento: Lo primero que se debe hacer es comunicar el fallecimiento del titular del IBI al Ayuntamiento correspondiente. Para ello, es necesario presentar el certificado de defunción y cualquier otro documento que acredite el fallecimiento.

2. Identificar al nuevo responsable: Una vez notificado el fallecimiento, el Ayuntamiento solicitará que se identifique al nuevo responsable del pago del IBI. En la mayoría de los casos, este será el heredero o el legatario designado en el testamento. Es importante presentar la documentación que acredite esta condición.

3. Actualizar el catastro: Además de notificar al Ayuntamiento, es necesario actualizar los datos en el catastro. Para ello, se debe presentar la documentación requerida, como el certificado de defunción y el testamento, en la oficina del catastro correspondiente.

4. Solicitar la bonificación por fallecimiento: Algunos Ayuntamientos ofrecen bonificaciones en el pago del IBI en casos de fallecimiento. Para solicitar esta bonificación, se deben seguir los procedimientos establecidos por cada municipio.

5. Pagar los recibos pendientes: Aunque el titular haya fallecido, es importante pagar los recibos pendientes del IBI. En caso de no hacerlo, se generarán intereses de demora y posibles recargos. El pago se realizará a nombre del nuevo responsable designado.

6. Actualizar los datos bancarios: En caso de que los recibos de IBI se paguen mediante domiciliación bancaria, es necesario actualizar los datos bancarios del nuevo responsable. Esto se hace a través de una solicitud dirigida al Ayuntamiento y presentando la documentación requerida.

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