Un autorizado puede retirar dinero de un fallecido, ¿es legal?

Un autorizado puede retirar dinero de un fallecido, ¿es legal?
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En el ámbito financiero, es común encontrarse con situaciones en las que una persona autorizada para manejar las cuentas de un individuo fallecido se pregunta si tiene la capacidad legal de retirar dinero de dichas cuentas. Esta interrogante surge debido a la necesidad de cubrir los gastos funerarios y otras obligaciones económicas que puedan surgir tras el deceso de una persona.

En primer lugar, es importante tener en cuenta que la legislación española establece un principio fundamental en el ámbito financiero: la propiedad de los bienes y derechos de una persona se extingue con su fallecimiento. Esto significa que, en principio, nadie puede disponer de los bienes de un fallecido sin la debida autorización legal.

Sin embargo, existen excepciones a esta regla general. Una de ellas es la figura del autorizado, que puede ser designado por el titular de una cuenta bancaria para gestionarla en caso de su fallecimiento. Esta figura está regulada por la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, en su artículo 15.2.

En virtud de esta normativa, el autorizado puede realizar operaciones de disposición de fondos en la cuenta del fallecido, siempre y cuando esté debidamente autorizado y cumpla con los requisitos establecidos en la ley. Para ello, es fundamental que el autorizado cuente con un poder notarial otorgado por el titular de la cuenta o, en su defecto, con una declaración de herederos o testamento en el que se le otorgue dicha autorización.

Es importante destacar que esta facultad del autorizado para retirar dinero de un fallecido está sujeta a ciertas limitaciones y restricciones legales. En primer lugar, el autorizado solo puede disponer de los fondos necesarios para cubrir los gastos relacionados con el fallecimiento, como los honorarios del funeral, el sepelio y otros gastos similares. Además, debe presentar los justificantes correspondientes que acrediten la necesidad de dichos fondos.

En segundo lugar, el autorizado solo puede ejercer esta facultad durante un plazo determinado, que suele ser de un año desde el fallecimiento. Transcurrido este plazo, el autorizado debe cesar en su función y dar paso a los herederos legales del fallecido, quienes serán los encargados de gestionar y disponer de los bienes y derechos del difunto.

Retiro bancario de fallecidos: ¿Quién tiene acceso?

Cuando una persona fallece, los bienes y activos que deja atrás, incluyendo sus cuentas bancarias, pasan a formar parte de su patrimonio. En el caso de los retiros bancarios, es importante saber quién tiene acceso a estos fondos.

1. Titulares de la cuenta: Los titulares de la cuenta bancaria tienen acceso a los fondos depositados en la misma. Si el fallecido era el único titular, es posible que se requiera la presentación de una declaración de herederos o un testamento para que los herederos puedan acceder a los fondos.

2. Herederos: Los herederos legales del fallecido también pueden tener acceso a los fondos de la cuenta bancaria. Para ello, suelen requerir la presentación de los documentos legales que acrediten su condición de herederos, como una declaración de herederos o un testamento.

3. Representante legal: Si el fallecido designó a un representante legal en vida, esta persona puede tener acceso a los fondos de la cuenta bancaria. El representante legal puede ser un apoderado, un albacea o un administrador designado por el fallecido.

4. Beneficiarios designados: En algunos casos, el fallecido puede haber designado beneficiarios específicos para su cuenta bancaria. Estos beneficiarios pueden tener acceso a los fondos sin necesidad de presentar documentos adicionales.

Es importante destacar que cada país puede tener regulaciones específicas respecto al acceso a los fondos bancarios de un fallecido. Por lo tanto, es recomendable consultar con un abogado o asesor legal para entender los procedimientos y requisitos específicos en cada caso.

Retiro de fondos de cuenta de fallecido, ¿cuándo es posible?

El retiro de fondos de la cuenta de un fallecido es un proceso que debe ser llevado a cabo de manera cuidadosa y siguiendo ciertos procedimientos legales. A continuación, se detallan las circunstancias en las que es posible realizar dicho retiro:

1. Designación de beneficiarios: Si el titular de la cuenta ha designado beneficiarios específicos para sus fondos, estos podrán retirar el dinero directamente después de la muerte del titular. Esta designación debe haber sido establecida previamente y actualizada regularmente para asegurar que los beneficiarios sean los correctos.

2. Testamento: En caso de que el titular de la cuenta haya dejado un testamento válido, los herederos designados en el mismo podrán solicitar el retiro de los fondos. Es importante contar con una copia del testamento y presentarla ante la entidad financiera correspondiente.

3. Proceso de sucesión: En ausencia de un testamento o beneficiarios designados, se deberá seguir el proceso de sucesión según las leyes estatales o nacionales. Esto implica la designación de un administrador o albacea que se encargará de administrar los bienes del fallecido, incluyendo los fondos de su cuenta bancaria.

4. Documentación requerida: Para llevar a cabo el retiro de fondos de la cuenta de un fallecido, es necesario presentar ciertos documentos, como el certificado de defunción del titular de la cuenta, la documentación legal que respalde la designación de beneficiarios o el nombramiento del administrador de la sucesión, y la identificación oficial de los beneficiarios o del administrador.

5. Proceso legal: En muchos casos, el retiro de fondos de la cuenta de un fallecido requiere la intervención de un abogado o notario público para garantizar que se sigan correctamente los procedimientos legales establecidos. Este proceso puede variar según el país y las leyes aplicables.

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