Gastos repercutidos al arrendatario de un local según AEAT.

Gastos repercutidos al arrendatario de un local según AEAT.
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El arrendamiento de locales comerciales es una actividad común en el ámbito empresarial, siendo necesario para muchas empresas contar con un espacio físico donde desarrollar su actividad. Sin embargo, aparte del pago mensual del alquiler, existen una serie de gastos adicionales que el arrendador puede repercutir al arrendatario según lo establecido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

La AEAT establece que los gastos que pueden ser repercutidos al arrendatario deben estar debidamente especificados en el contrato de arrendamiento y deben ser necesarios para el adecuado funcionamiento y conservación del local. Estos gastos adicionales pueden incluir conceptos como los gastos de comunidad, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), los seguros obligatorios, los gastos de mantenimiento y reparación, entre otros.

En primer lugar, los gastos de comunidad son aquellos derivados de los servicios comunes del edificio en el que se encuentra el local. Estos gastos pueden incluir la limpieza de zonas comunes, la iluminación, el mantenimiento de ascensores, la jardinería, entre otros. Es importante que el contrato de arrendamiento especifique claramente qué porcentaje corresponde al arrendatario y cuál al arrendador, así como la forma de pago.

Por otro lado, el IBI es un impuesto municipal que grava la titularidad de los bienes inmuebles. Según la AEAT, este impuesto puede ser repercutido al arrendatario siempre y cuando esté debidamente especificado en el contrato de arrendamiento. Es importante tener en cuenta que el IBI puede variar cada año, por lo que es necesario revisar el contrato y ajustar el importe en consecuencia.

En cuanto a los seguros obligatorios, la AEAT establece que el arrendador puede repercutir al arrendatario aquellos seguros que sean de carácter obligatorio para el local arrendado, como por ejemplo el seguro contra incendios. Estos seguros deben estar debidamente especificados en el contrato de arrendamiento, indicando quién se encarga de su contratación y pago.

Por último, los gastos de mantenimiento y reparación también pueden ser repercutidos al arrendatario según lo establecido por la AEAT. Estos gastos incluyen la reparación de averías, el mantenimiento de instalaciones, la pintura y otros trabajos necesarios para el adecuado funcionamiento y conservación del local. Es importante que el contrato de arrendamiento especifique claramente quién es responsable de estos gastos y cómo se realizará su pago.

Gastos asumidos por arrendatario

Los gastos asumidos por el arrendatario son aquellos que corresponden al inquilino o arrendatario de un bien inmueble. Estos gastos son adicionales a la renta o alquiler mensual y su responsabilidad recae en el arrendatario, de acuerdo a lo establecido en el contrato de arrendamiento.

Entre los gastos más comunes que el arrendatario debe asumir, se encuentran:

1. Gastos de servicios básicos: El arrendatario debe hacerse cargo de los gastos de servicios básicos como el agua, la luz, el gas y el teléfono. Estos gastos son de su responsabilidad y deben ser pagados de forma mensual.

2. Gastos de mantenimiento: El arrendatario debe asumir los gastos de mantenimiento del inmueble, incluyendo reparaciones menores, como cambiar bombillas o reparar grifos, así como el mantenimiento regular de equipos y sistemas, como el aire acondicionado o la calefacción.

3. Gastos de comunidad: En caso de que el inmueble se encuentre en un edificio o conjunto residencial, el arrendatario debe asumir los gastos de comunidad, que incluyen el mantenimiento de las áreas comunes, los servicios de limpieza, la jardinería, entre otros.

4. Gastos de seguros: Algunos contratos de arrendamiento establecen que el arrendatario debe asumir los gastos de seguros, tanto para el inmueble como para los bienes que se encuentren en su interior. Estos seguros pueden incluir la cobertura de daños, responsabilidad civil, entre otros.

5. Gastos de impuestos: En algunos casos, el arrendatario debe asumir los gastos de impuestos asociados al alquiler del inmueble. Esto puede incluir el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) u otros impuestos municipales.

Es importante tener en cuenta que estos gastos deben estar especificados claramente en el contrato de arrendamiento, para evitar malentendidos o disputas entre las partes. Además, el arrendatario debe tener en cuenta que estos gastos adicionales pueden aumentar el costo total de vivir en el inmueble arrendado.

Gastos repercutibles en alquiler

Los gastos repercutibles en alquiler son aquellos que el arrendador puede trasladar al arrendatario y que están estipulados en el contrato de arrendamiento. Estos gastos pueden variar dependiendo de las condiciones y cláusulas acordadas entre ambas partes.

Algunos de los gastos repercutibles más comunes son:

1. Gastos de comunidad: Son aquellos relacionados con el mantenimiento y conservación de las zonas comunes del edificio, como la limpieza, la jardinería o los servicios de portería.

2. Gastos de suministros: Incluyen el agua, la electricidad y el gas que se consumen en la vivienda. Estos gastos suelen ser prorrateados entre los diferentes inquilinos del edificio.

3. Gastos de IBI: El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un impuesto municipal que grava la propiedad de los inmuebles. En algunos casos, el arrendador puede repercutir este gasto al arrendatario.

4. Gastos de seguro: Si el arrendador tiene contratado un seguro para la vivienda, puede incluirlo como un gasto repercutible en el contrato de alquiler.

Es importante tener en cuenta que estos gastos deben estar especificados de manera clara y detallada en el contrato de arrendamiento. Además, el arrendador debe proporcionar al arrendatario las facturas o recibos correspondientes a estos gastos para su comprobación.

En caso de que surjan dudas o discrepancias sobre los gastos repercutibles, es recomendable consultar a un profesional del derecho para obtener asesoramiento adecuado y resolver cualquier conflicto que pueda surgir.

Si quieres ayudar a otros arrendatarios a entender los gastos repercutidos en sus locales, comparte este artículo y difunde conocimiento valioso. Juntos podemos informar y empoderar a más personas.

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