Pago de comunidad según la Ley de Propiedad Horizontal

Pago de comunidad según la Ley de Propiedad Horizontal
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La Ley de Propiedad Horizontal establece las normas y regulaciones que rigen la convivencia en comunidades de propietarios, así como los derechos y obligaciones de los copropietarios. Uno de los aspectos fundamentales que aborda esta ley es el pago de la comunidad, el cual es de vital importancia para el mantenimiento y conservación de los elementos comunes de un edificio o conjunto residencial.

El pago de la comunidad se refiere a la obligación que tienen los propietarios de contribuir económicamente al sostenimiento y conservación de los elementos comunes del edificio, como los ascensores, la piscina, los jardines, entre otros. Esta contribución se realiza mediante el pago de una cuota mensual, cuyo importe se establece de acuerdo con el coeficiente de participación de cada propietario en el edificio.

La Ley de Propiedad Horizontal establece que el pago de la comunidad es un deber ineludible para todos los propietarios, y su incumplimiento puede derivar en acciones legales por parte de la comunidad de propietarios. Además, la ley establece que el impago de la comunidad puede acarrear intereses de demora y gastos de reclamación, que deben ser asumidos por el propietario moroso.

Es importante destacar que el pago de la comunidad debe ser realizado de manera puntual y en los plazos establecidos por la comunidad de propietarios. En caso de no poder realizar el pago en la fecha correspondiente, es recomendable comunicarlo a la comunidad y buscar una solución alternativa, como el fraccionamiento del pago o la solicitud de aplazamiento.

En cuanto a los métodos de pago, la Ley de Propiedad Horizontal establece que la comunidad de propietarios puede decidir el medio de pago que considere más conveniente. En la actualidad, es común el uso de transferencias bancarias, domiciliaciones bancarias o pagos en efectivo.

Artículo 17 de Ley de Propiedad Horizontal: claves para entenderlo

El Artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal es un apartado importante que regula los derechos y obligaciones de los propietarios de viviendas o locales en un edificio o conjunto de inmuebles sujetos a esta ley. A continuación, se presentan las claves para entender este artículo:

1. Elemento común: El artículo establece que los elementos comunes del edificio, como el portal, las escaleras, el ascensor, los jardines o la fachada, son de uso y disfrute común de todos los propietarios. Esto implica que deben mantenerse y conservarse en buen estado, y que cualquier modificación o alteración requiere el acuerdo de la comunidad de propietarios.

2. Responsabilidad de los propietarios: Los propietarios son responsables de contribuir a los gastos de mantenimiento y conservación de los elementos comunes, así como de sufragar las reparaciones necesarias. La cuota que corresponde a cada propietario se determina en función de la cuota de participación establecida en el título constitutivo.

3. Mayorías necesarias: Para realizar obras o modificaciones en los elementos comunes, se requiere el voto favorable de la mayoría de los propietarios, que representen al menos la mayoría de las cuotas de participación. En ciertos casos, como obras que afecten a la estructura del edificio o a elementos comunes de uso general, puede requerirse el voto favorable de las tres quintas partes de los propietarios.

4. Acciones judiciales: El artículo establece que cualquier propietario puede ejercer acciones judiciales para hacer valer sus derechos en relación con la comunidad de propietarios. Esto incluye la posibilidad de solicitar medidas cautelares o el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios.

5. Modificaciones en viviendas o locales: El artículo también regula las modificaciones que los propietarios pueden realizar en sus viviendas o locales. Se establece que cualquier alteración que afecte a la estructura o a los elementos comunes debe contar con el consentimiento previo de la comunidad de propietarios.

Gastos de comunidad: ¿Qué no se paga por coeficiente?

Cuando se vive en una comunidad de propietarios, es importante entender qué gastos se deben pagar y qué no se incluyen en el cálculo del coeficiente. El coeficiente es una forma de distribuir los gastos comunes entre los propietarios, basado en el tamaño y valor de cada propiedad.

Sin embargo, no todos los gastos se dividen por coeficiente. Algunos de los gastos que no se pagan por coeficiente son:

1. Gastos extraordinarios: Los gastos extraordinarios son aquellos que no son habituales o recurrentes en la comunidad. Estos gastos suelen surgir de reparaciones o mejoras importantes en las áreas comunes, como la renovación del ascensor o la reparación de una fachada. Estos gastos se dividen entre los propietarios de manera proporcional a su participación en la comunidad, no por coeficiente.

2. Gastos personales: Los gastos personales son aquellos que están relacionados con el uso individual de una propiedad. Por ejemplo, el consumo de agua, gas o electricidad de una vivienda no se divide por coeficiente, ya que cada propietario paga por su propio consumo.

3. Gastos de mantenimiento personal: Los gastos de mantenimiento personal, como la limpieza o reparación de elementos privados de una propiedad, no se pagan por coeficiente. Estos gastos son responsabilidad exclusiva del propietario y no se deben incluir en los gastos comunes de la comunidad.

Es importante tener en cuenta que los gastos comunes de una comunidad pueden variar dependiendo de los acuerdos tomados en las juntas de propietarios. Por lo tanto, es recomendable revisar los estatutos de la comunidad y los acuerdos tomados en las reuniones para tener claridad sobre qué gastos se deben pagar por coeficiente y cuáles no.

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