¿Desde qué año se pueden reclamar los gastos hipotecarios?

¿Desde qué año se pueden reclamar los gastos hipotecarios?
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Para comprender correctamente la respuesta a esta cuestión, es necesario adentrarnos en el contexto normativo y jurisprudencial que ha rodeado esta materia en los últimos años en España.

Históricamente, los gastos derivados de la formalización de una hipoteca, tales como los gastos notariales, registrales, de gestoría y de tasación, eran asumidos en su totalidad por el prestatario, es decir, por el cliente que contrataba el préstamo hipotecario. Sin embargo, en los últimos años las tornas han cambiado y se han generado importantes debates y tensiones en torno a la distribución de estos gastos.

Fue en el año 2015 cuando el Tribunal Supremo de España se pronunció por primera vez sobre esta cuestión en una sentencia que generó un gran impacto en el sector hipotecario. En dicha sentencia, el Tribunal estableció que la cláusula que atribuía todos los gastos al prestatario era abusiva y, por tanto, nula de pleno derecho. A partir de ese momento, se abrió la puerta a la posibilidad de reclamar la devolución de los gastos hipotecarios.

No obstante, la sentencia del Tribunal Supremo dejó algunas cuestiones sin resolver, como por ejemplo, desde qué año se podían reclamar dichos gastos. Esta pregunta ha sido objeto de análisis y debate en los tribunales españoles, y la respuesta no ha sido unánime.

Algunos tribunales han considerado que la reclamación de los gastos solo puede realizarse a partir de la fecha de la sentencia del Tribunal Supremo, es decir, desde el año 2015. Sin embargo, otros tribunales han interpretado de manera más amplia la jurisprudencia y han permitido que los consumidores reclamen los gastos pagados incluso antes de esa fecha.

La clave para entender esta divergencia de criterios radica en la interpretación que se haga de la retroactividad de la nulidad de la cláusula abusiva. Mientras que algunos jueces consideran que la nulidad tiene efectos retroactivos y, por tanto, los gastos pagados con anterioridad deben ser devueltos, otros consideran que la nulidad solo tiene efectos a partir de la fecha de la sentencia del Tribunal Supremo.

En cualquier caso, es importante destacar que la reclamación de los gastos hipotecarios no está sujeta a un plazo de prescripción, es decir, no existe un límite temporal para presentar la reclamación. Esto implica que los consumidores que pagaron los gastos en el pasado todavía pueden reclamar su devolución en la actualidad.

Plazo límite para reclamar gastos hipotecarios

El plazo límite para reclamar gastos hipotecarios es un tema de gran relevancia en el ámbito legal y financiero. Los gastos hipotecarios son aquellos costes asociados a la contratación de un préstamo hipotecario, como los gastos de notaría, registro, tasación, gestoría, impuestos y comisiones bancarias.

En España, el plazo límite para reclamar estos gastos hipotecarios es de 5 años a partir de la fecha de formalización del préstamo hipotecario. Esto significa que el consumidor tiene un período de tiempo limitado para ejercer su derecho a reclamar la devolución de estos gastos.

Es importante tener en cuenta que el plazo comienza a contar desde la fecha de firma del contrato de préstamo hipotecario, y no desde la fecha de la liquidación de los gastos. Por lo tanto, es fundamental tener claro cuándo se formalizó el préstamo para calcular correctamente el plazo límite de reclamación.

Es importante destacar que, en el caso de los gastos de notaría, registro y gestoría, el Tribunal Supremo ha establecido que la entidad bancaria debe asumirlos en su totalidad, ya que son gastos derivados de la escritura de la hipoteca, que beneficia principalmente al banco. En cuanto a los gastos de tasación, impuestos y comisiones bancarias, la jurisprudencia es diversa y puede variar según cada caso concreto.

Es recomendable acudir a un abogado especializado en derecho bancario para asesoramiento legal en caso de querer reclamar los gastos hipotecarios. Este profesional podrá evaluar la situación particular y determinar si procede la reclamación, así como el plazo límite para realizarla.

Reclamación de gastos hipotecarios válidos en 2023

La reclamación de gastos hipotecarios válidos en 2023 se refiere a la posibilidad de solicitar la devolución de ciertos gastos incurridos al formalizar un préstamo hipotecario. Estos gastos pueden incluir comisiones bancarias, gastos notariales, gastos de tasación, seguros obligatorios y otros gastos relacionados con la contratación de la hipoteca.

Es importante tener en cuenta que no todos los gastos hipotecarios son reclamables, ya que existen ciertos límites establecidos por la ley. Además, es necesario cumplir con ciertos requisitos y plazos para poder realizar la reclamación de manera válida.

Algunos de los gastos que podrían ser objeto de reclamación son:

1. Comisiones bancarias: se pueden reclamar las comisiones de apertura, estudio, modificación o subrogación del préstamo hipotecario.

2. Gastos notariales: se pueden reclamar los honorarios notariales relacionados con la formalización de la escritura de préstamo hipotecario.

3. Gastos de tasación: se pueden reclamar los gastos de tasación del inmueble que fueron necesarios para la concesión del préstamo hipotecario.

4. Seguros obligatorios: se pueden reclamar los seguros de vida o de hogar que el banco exigió contratar como condición para la concesión del préstamo hipotecario.

Es importante destacar que los gastos de gestoría no suelen ser reclamables, ya que se consideran servicios prestados al cliente y no gastos impuestos por la entidad bancaria.

Para realizar la reclamación de gastos hipotecarios válidos en 2023, es necesario recopilar la documentación correspondiente, como las facturas y los contratos relacionados con los gastos reclamados. También es recomendable contar con el asesoramiento de un profesional especializado en derecho hipotecario para asegurar que la reclamación se realice correctamente.

¡No esperes más para reclamar tus gastos hipotecarios! Comparte este artículo y ayúdanos a difundir esta información clave para que todos puedan exigir sus derechos. Juntos podemos lograr un cambio.

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